Escrito por Liliana Fernández Fabián El 17 de octubre del 2003, la UNESCO aprobó la Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial (PCI) y reconoció, así, que el PCI precisa de una legislación propia para su conservación y para motivar a que los estados nacionales establezcan las leyes necesarias para su reconocimiento interno, preservación y difusión. Asimismo, esta Convención se vincula directamente con los grupos sociales menos favorecidos, los cuales desempeñan un papel importante en la producción del PCI; por eso, existe una implicancia relevante en el hecho de salvaguardar el sostenimiento y desarrollo de quienes proveen a la sociedad de una serie de conocimientos propios que garantizan la diversidad cultural y la amplitud de las formas de aprehender el mundo. La Convención posee 40 artículos agrupados en varias secciones. Cabe destacar el artículo 2 en Disposiciones generales . En él, se definen tres conceptos, los cuales son de uso reiter...